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Pasos para darte de alta en SAT como arrendador


Al rentar un inmueble debes registrarte en el SAT para declarar tus ingresos.


ENERO 28 DEL 2021



¿Qué es un arrendador? es la persona que renta un inmueble (casa, oficina, bodega, etc.), si eres arrendador deberás registrar tus ingresos en el SAT. ¿Cómo lo hago? En este artículo te decimos como hacerlo.


1. RFC


Lo primero que debes hacer es inscribirte en el Registro Federal del Contribuyentes, puedes hacerlo:


Desde el portal del SAT:

  1. Da clic en el botón “INICIAR” de la página.

  2. Llena los datos del formulario electrónico llamado “Inscripción al RFC”.

  3. Envía tu trámite al SAT e imprime el número de folio asignado.

  4. Acude con la documentación correspondiente a la oficina del SAT cercana.

  5. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.

  6. Recibe solicitud y acuse de inscripción al RFC.

Presencial:

  1. Acude a las oficinas del SAT con cita previa, así como con la documentación correspondiente.

  2. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.

  3. Recibe el acuse único de inscripción en el registro federal de contribuyentes.


¿Qué documentos debes presentar?

  1. CURP

  2. Carta de naturalización según corresponda, ya sea original o copia certificada.

  3. En caso de extranjeros, el documento migratorio vigente ya sea original o copia certificada.

  4. Cédula de Identificación Fiscal.

  5. Poder notarial para actos de administración, dominio o especiales en caso de representación legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante fedatario público.

  6. Identificación oficial vigente.

  7. Acuse de preinscripción en el RFC, si iniciaste el trámite por el portal del SAT.


Una vez registrado en el SAT tienes la obligación de expedir comprobantes fiscales cuando reciban los importes de las rentas, si un arrendador no cumple con estas obligaciones puedes tener multas y recargos, además, en caso de tener problemas con tu inquilino, deberás acreditar la emisión de los CFDI correspondientes en un juicio.


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